Monotributo
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4 de diciembre de 2009
¿Se puede realizar una baja retroctiva del Monotributo?
Normativamente no está prevista la baja retroactiva en el Monotributo. Sin perjuicio de ello, el Sistema Registral permite seleccionar como mes y año de baja cualquiera desde en período indicado como de alta. >
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4 de diciembre de 2009
Un monotributista fue dado de baja de oficio en octubre de 2007. ¿Para rehabilitarlo se debe regularizar la deuda que tenía hasta esa fecha en un plan Mis Facilidades o tiene que considerar como adeudados tambien los períodos posteriores hasta el día de hoy?
¿Para adherirlo nuevamente es necesario concurrir a la agencia para rehabilitar el C.U.I.T. o ese trámite se hace por internet?
De conformidad con lo establecido por el artículo 32 del Decreto Nº 804/2004, la baja de oficio opera por la falta de pago de 10 meses consecutivos. Dicha baja no obstará a que el pequeño... >
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4 de diciembre de 2009
Un contribuyente monotributista fue dado de baja de oficio, teóricamente está adeudando los componentes impositivos y previsional. Ahora bien, esta persona aporta a una caja provincial profesional desde siempre con lo cual no debiera haber pagado el componente previsional del Monotributo. Se inscribió mal. ¿Puede pedir la baja retroactiva de ese componente previsional?
La baja retroactiva no está prevista, es un tema que debería consultarlo en la agencia, adjuntando constancia de los aportes a la caja previsional, ya que se podría entender que el contribuyente optó por... >
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2 de diciembre de 2009
¿Existe algún límite en cuanto a la cantidad de empleados que puede contratar una sociedad de hecho monotributista o para una persona física?
En la actualidad no existe límite para la cantidad de empleados que puede poseer un monotributista, el límite estaría dado por la relación entre remuneración y los ingresos brutos correspondientes a la categoría en la que se encuentra encuadrado el monotributistas.
El proyecto de ley de reforma del Monotributo, aprobado por el Congreso de la Nación y que aún no ha sido promulgado, establece que los contribuyentes que tengan... >
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25 de noviembre de 2009
Tres hermanos ponen un negocio y desean hacer una sociedad de hecho. ¿La sociedad de hecho puede adherir al Monotributo?
Si la sociedad de hecho tiene hasta tres socios y no supera los parámetros máximos de ingresos brutos, superficie afectada a la actividad, etc. y los socios están en condiciones de ser monotributistas, podrá inscribirse en el Monotributo, teniendo en cuenta que abonará el componente impositivo de la sociedad (según la categoría en la que quede encuadrada) más el 20% de dicho impuesto por cada uno de los socios (cabe aclarar que las sociedades, según el... >
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17 de noviembre de 2009
¿Un monotributista puede adherir a la obra social a su hija que tiene 21 años y que se encuentra cursando una carera universitaria?
Si la hija estudia y no trabaja podría incluirla en la obra social, ya que forma parte de su grupo familiar primario (se aconseja previamente consultar a la obra social). >
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17 de noviembre de 2009
Si el cambio de obra social tiene efectos recién a los 90 días de efectuado, ¿qué sucede durante dicho período de tiempo, se pierden los aportes efectuados por el Monotributo?
La opción de cambio tiene efecto a los 90 días de efectuada la misma, por lo tanto durante dicho plazo el contribuyente está cubierto por la obra social anterior. >
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16 de noviembre de 2009
Un contribuyente monotributista deriva los aportes de obra social a OSDE. Ahora se quiere cambiar a SIMECO. ¿Cómo debe hacer para cambiar los aportes de obra social, ya que intentó a través de internet pero el servicio Monotributo no le permite efectur dicha modificación?
El contribuyente tiene que averiguar en SIMECO, ¿cuál es la obra social a la que puede derivar aportes y luego debe dirigirse a la obra social en cuestión y allí realizar la opción de cambio. A los 90 días, a partir de que hizo la opción, ya le derivan los aportes a SIMECO. >
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Su Análisis
11 de noviembre de 2009
,por Lavalle, Silvina
1. INTRODUCCIÓN
En el presente artículo se trata de explicar todo lo referido al Régimen Nacional de Obras Sociales en todos los aspectos, abarcando desde quiénes son los beneficiarios, su cobertura y los trámites que se requieren para ejercer la opción de cambio.
2. BENEFICIARIOS
Comenzando con los beneficiarios, encontramos de dos (2) tipos, por un lado los titulares y por otro lado los adherentes (familiares).
2.1. Titulares
Quedan obligatoriamente incluidos en calidad de beneficiarios de las obras sociales:
a) Los trabajadores que presten servicios en... >
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9 de noviembre de 2009
Dos socios monotributistas quieren asociarse (por la misma actividad que desarrollan) en una sociedad de hecho monotributista. ¿Qué trámite se debe realizar ante la A.F.I.P.?
Si los socios ya están inscriptos en el Monotributo, deben hacer una modificación de datos vía internet a los efectos de inscribirse como Integrantes de sociedad, a fin de abonar sólo el componte provisional (el componente impositivo será abonado por la sociedad). Paso seguido se deberá solicitarse el C.U.I.T. de la sociedad de hecho mediante la presentación ante la A.F.I.P. del formulario F. 183/J,... >
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3 de noviembre de 2009
¿Un comerciante que además trabaja en relación de dependencia tiene que inscribirse en autónomos?
Si el contribuyente por su actividad autónoma está inscripto en el régimen general, tiene la obligación de inscribirse en el Régimen de Trabajador Autónomo. Si es Monotributista, por estar en relación de dependencia, sólo abona el componente impositivo, debiendo categorizarse como No Aportante a este Régimen. >
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2 de noviembre de 2009
Una contribuyente que es psicóloga, que ejerce en Capital Federal, donde no existe una caja de jubilación para psicólogos como es en el caso de Provincia de Buenos Aires, adhirió al Monotributo pagando sólo el componente impositivo y la jubilación. No paga la obra social, alegando que ya tiene obra social. ¿Es correcto esto? ¿En qué casos puede darse que no se pague obra social, pero si se pague el componente de autónomos?
Si el contribuyente no está en relación de dependencia o no está obligada a aportar a una caja provincial está obligada a pagar la jubilación y la... >
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2 de noviembre de 2009
¿En qué condiciones o en qué caso, se puede adherir al Monotributo sin pagar la obra social?
Los únicos sujetos que están exceptuados en el Monotributo de abonar el componente de obra social son los jubilados por la Ley Nº 24.241.
A su vez, están exceptuados de abonar el componente previsional (obra social y jubilación) los menores de 18 años, los jubilados por la Ley Nº 18.037 o 18.038, los empleados en relación de dependencia, los profesionales obligados a aportar a una caja previsional y los locadores de inmuebles. >
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30 de octubre de 2009
Un monotributista, que se jubila, pero que continúa en actividad, ¿qué aportes debe realizar por el Montributo? ¿Debe pagar sólo el impuesto integrado?
Si el contribuyente se jubiló por la Ley Nº 24.241, debe efectuar una modificación de datos en el Monotributo vía internet, a los efectos de consignar la condición de Jubilado Ley Nº 24.241. De esta manera abonará el componente impositivo y el jubilatorio (queda exceptuado de abonar la obra social).
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28 de octubre de 2009
Un contribuyente está inscripto en el Monotributo hace más de seis meses. Se ha inscripto él solamente. En octubre ha adherido a la obra social a la esposa y a dos hijos. ¿A partir de cuándo puede comenzar a utilizar la obra social la señora y los hijos?
Si el contribuyente ya abonó el Monotributo con los dos adherentes, pueden ir a afiliarse a la obra social del titular, pudiendo comenzar a utilizar la obra social a partir de la afiliación. >
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26 de octubre de 2009
Cómo es el tratamiento de un monotributista, quien tiene un local (minimarket) al público y el mismo trabaja junto con su esposa en la atención al cliente/público. El titular (esposo) se da de alta como monotributista, en base a la categorización correspondiente (ingresos, metros cuadrados, luz consumida, etcétera) y paga su componente impositivo, de seguridad social y jubilación. ¿Cuál sería el tratamiento a darle a su esposa, quien trabaja junto con el, hay que inscribirla como empleada de dicho monotributista titular? ¿Cuáles serían las opciones disponibles?
Si se... >
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28 de septiembre de 2009
Un contribuyente monotributista desea tomar por primera vez a un empleado. A los efectos de el alta ante la A.F.I.P., ¿puede utilizar el código 201, utilizando los beneficios de ese código?
El empleador puede utilizar el código 201 para la incorporación del nuevo empleado. Consecuentemente, gozará de una reducción del 50% en las contribuciones (excluida obra social) el primer año y de un 25% el segundo año. >
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1 de julio de 2009
,por Medrano, Marcela
1. RIESGOS DEL TRABAJO. PROGRAMA DE REHABILITACIÓN PARA EMPRESAS CON ALTA SINIESTRALIDAD
Mediante la Resolución Nº 559/2009 (B.O. del 02/06/2009) se crea el Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que Registren Alta Siniestralidad, con el objetivo de dirigir acciones específicas de prevención de los riesgos derivados del trabajo, tendientes a disminuir eficazmente la siniestralidad laboral y mejorar las condiciones de salud y seguridad en el medio ambiente de trabajo.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo calificará como empresas con... >
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28 de mayo de 2009
Es posible que una contribuyente monotributista que posee un comercio de venta de materiales eléctricos pueda incorporar a la obra social del Monotributo como familiar adherente a su esposo que es responsable inscripto en el I.V.A. por la actividad de electricista, ya que éste no está adherido a ninguna obra social; además de incorporar también a sus hijos.
El monotributista puede optar por incorporar a la cobertura del Régimen Nacional de Obras Sociales instituido por la Ley Nº 23.660 a cada integrante del grupo familiar primario (esposo e hijos a cargo), debiendo abonar un... >
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Asociados. Aspectos de la Seguridad Social
1 de abril de 2009
,por Lavalle, Silvina
1. INTRODUCCIÓN
El tema que trataremos en esta oportunidad es el de las cooperativas de trabajo y en especial ciertas normas que hacen referencia a la seguridad social de quienes constituyen sus asociados. Para ello sea hace importante comenzar por definir lo que constituye una cooperativa.
2. NORMATIVA APLICABLE
La Alianza Cooperativa Internacional considera cooperativa, cualquiera sea su constitución legal, a toda asociación de personas que tiene por fin el mejoramiento económico y social de sus miembros, por la explotación de una empresa, sobre la base de la ayuda... >
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2 de febrero de 2009
Por la Resolución General Nº 2538 se incrementan desde 12/2008 los aportes de obra social de los trabajadores domésticos y de los monotributistas a $ 46,75 cuando habíamos pagado $ 37 por diciembre de 2008. ¿Con qué formulario se abona la diferencia de $ 9,75 por diciembre de 2008? ¿Qué ocurre con las cuotas de monotributo de 12/08 y 01/09 que ya han vencido, se debe reajustar la cuota, con qué formulario o volante de pago?
El pago de las diferencias de aportes correspondientes a los meses de diciembre 2008 y enero 2009 –$ 9,75 y $ 8, por el titular y por cada adherente,... >
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1 de febrero de 2009
,por Medrano, Marcela
1. REGULARIZACIÓN IMPOSITIVA
La Ley Nº 26.476 (B.O. del 24/12/2008) establece un régimen de regularización impositiva, de promoción y protección del empleo registrado, de exteriorización y de repatriación de capitales.
Los contribuyentes y responsables de los impuestos y de los recursos de la seguridad social, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, podrán acogerse por las obligaciones vencidas o infracciones cometidas al 31 de diciembre de 2007 al régimen de regularización de deudas... >
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15 de enero de 2009
En el caso de un monotributista que inició los trámites de jubilación, teniendo ya un número de expediente o trámite, ¿corresponde que siga pagando el componente previsional y de obra social? De no corresponder, ¿cómo se manifiesta la modificación?
No corresponde el ingreso del aporte jubilatorio pero si el de obra social. Para eso deberá hacer una modificación de datos a través del servicio “Monotributo”, informando la condición “Aportante Jubilado Ley Nº 24.241”.
Libro recomendado:
[El Monotributo (Autora: Silvia R.... >
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6 de enero de 2009
,por Santos Romero, Analía
Los trabajadores que desarrollen actividades en forma eventual podrán inscribirse en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Eventuales, según el Título IV del Anexo de la Ley Nº 24.977, modificado por la [Ley Nº 25.865->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article35113&var_recherche=25.865].
Los contribuyentes adheridos a este sistema deben ingresar una cotización previsional -equivalente a treinta y cinco pesos ($ 35) mensuales- destinada al Régimen Previsional Público (Sistema Integrado Previsional Argentino –SIPA–) bajo la modalidad de pago a... >
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1 de mayo de 2008
,por Medrano, Marcela
1. SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
La Resolución General Nº 2429 (A.F.I.P.) (B.O. del 27/03/2008) estableció que, de acuerdo al incremento dispuesto por el Decreto Nº 279/2008, referido al límite máximo previsto en el artículo 9º de la Ley Nº 24.241, para la determinación de los aportes y contribuciones o cuotas con destino a los subsistemas de la seguridad social, los topes quedan establecidos de la siguiente manera:
| Bases imposibles máximas |||
|Conceptos|Desde 01/03/2008 $|Desde 01/07/2008 $|
|Aportes al S.I.J.P.|7.256|7.800|
|Aportes al Instituto de... >
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